La emisión de la Estampilla “Pro-desarrollo de Casanare” se autoriza hasta por la suma de trescientos mil millones de pesos ($300.000.000.000). El monto total recaudado se establece a precios constantes del año 2013. Dentro de los hechos y actividades económicas, sobre los cuales se obliga el uso de la estampilla, la Asamblea o el Concejo, podrá incluir los licores, vinos, aperitivos y similares, cervezas, sifones y refajos, cigarrillos y tabaco elaborado, y juegos de azar. En todo caso, la estampilla no podrá superar el valor máximo contemplado en esta ley.