Crea el Servicio Social Obligatorio para Egresados de Carreras Relacionadas con el Agro. Este servicio deberá ser prestado dentro del territorio nacional por todas aquellas personas con formación tecnológica o universitaria. El término para la prestación del Servicio Social Obligatorio, será hasta de un año. El cumplimiento del Servicio Social Obligatorio para egresados de carreras relacionadas con el agro se hará extensivo a los Nacionales y Extranjeros graduados en el exterior, que pretendan ejercer su profesión en el país, sin perjuicio de lo establecido en los tratados internacionales. El Servicio Social Obligatorio, de que trata esta ley, se prestará con posterioridad a la obtención del respectivo título y será requisito indispensable y previo para obtener la refrendación de dicho título, para vincularse a cualquier organismo del Estado y para ejercer la profesión dentro del Territorio Nacional.