Política

Número de Cámara: 137/13

Por medio de la cual se establece el no costo al taxista de la planilla de viaje ocasional regulada por el artículo 23 del Decreto 172 de 2001. [Planilla de viaje ocasional]

Yahir Fernando Acuña Cardales
Movimiento Político Cien por Ciento por Colombia
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2014

Sinópsis

En ningún caso el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en Vehículos Taxi con destino a aeropuertos, así se transgredan las fronteras entre departamentos, generará costo para el porte de planilla única de viaje ocasional exigida por la ley.

Octubre 23 de 2013
Radicado
Octubre 24 de 2013
Publicación
Gaceta 862/13
Junio 20 de 2014
Archivado por Tránsito de Legislatura