A través de este proyecto de ley, se busca beneficiar a los creadores y gestores culturales, mediante la modificación del numeral 4 del artículo 2° de la Ley 666 de 2001, "por medio de la cual se modifica el artículo 38 de la Ley 397 de 1997", en el sentido de establecer que el diez por ciento (10%) del recaudo de la Estampilla Pro Cultura que actualmente se destina para seguridad social del Creador y del Gestor Cultural.