Política

Número de Cámara: 118/13

Por medio de la cual se establecen y distribuyen las compensaciones derivadas de la exploración y explotación de hidrocarburos y minería y se dictan otras disposiciones. [Distribución de regalías]

Alfredo Guillermo Molina Triana
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Jaime Rodriguez Contreras
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U

Otros autores del proyecto

Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2014

Sinópsis

Son contraprestaciones básicas en dinero, bienes o activos pactadas en los contratos de exploración y explotación de recursos naturales no renovables, como resarcimiento al daño causado al ambiente, recursos naturales, al patrimonio cultural, a las condiciones socioeconómicas de la población, a la salud e infraestructura de las áreas geográficas de influencia de la actividad. Las compensaciones estarán a cargo de las empresas exploradoras y explotadoras y a favor de las entidades territoriales en cuyo territorio se desarrolle la exploración y explotación de recursos naturales no renovables. Las compensaciones deben pactarse obligatoriamente en todo contrato de exploración y explotación de recursos naturales no renovables y mínimo deben corresponder al cuatro por ciento de la producción bruta en boca o borde de pozo o de mina.

Octubre 08 de 2013
Radicado
Octubre 10 de 2013
Publicación
Gaceta 823/13
Junio 13 de 2014
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 280/14
Junio 20 de 2014
Archivado por Tránsito de Legislatura