Política

No. Senado: 111/13

Por el cual se tiene como base el salario devengado durante el último año para la liquidación de la pensión por vejez. [Pensiones]

Edgar Espíndola Niño
Opción Ciudadana
Estado actual: Archivado en Debate Junio 17 de 2014

Sinópsis

Los trabajadores que hayan cumplido con la edad y el número de semanas cotizadas, ordenadas por la ley, tendrán como base para la liquidación de la pensión por vejez, el salario devengado durante el último año. Los trabajadores que no hayan tenido continuidad en sus cargos laborales, se tomará como base de liquidación el promedio de los tres (3) últimos años laborados. De todas formas, en uno u otro caso, la base de la liquidación de pensión que se adopte deberá aplicarse la indexación a fin de recuperar el poder adquisitivo de la pensión.

Octubre 01 de 2013
Radicado
Octubre 03 de 2013
Publicación
Gaceta 793/13
Febrero 12 de 2014
Concepto Institucional
Gaceta 27/14
Mayo 06 de 2014
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 191/14
Junio 17 de 2014
Archivado en Debate
Gaceta 321/14