Crea el incentivo a favor de los grupos organizados de aficionados o hinchas de los equipos de fútbol colombiano con naturaleza y personería jurídica que por un periodo no menor a 6 meses, no hayan incurrido en actos violentos, vandálicos, anticívicos y de intolerancia y que hayan mostrado una conducta ejemplar creadora de integración, convivencia y pacificación entre barras futboleras y sectores aficionados del deporte, y que adicionalmente, puedan probar que a través de su organización han promovido la educación para el desarrollo y el trabajo humano, por competencias o la educación universitaria; o que han impartido talleres, diplomados, cursos, actividades con un contenido formativo en liderazgo, moral, ético y de solidaridad para sus miembros y las familias de ellos, especialmente en población infantil, juvenil y vulnerable; o que han propiciado la empresa privada, mipyme, asociaciones de emprendimiento juvenil, ideas de mercadeo y todo tipo de generación de saberes productivos que les faciliten a sus miembros la elaboración de un proyecto de vida autosostenible.