A partir de los Comicios de 2015 para la elección de Gobernadores y Alcaldes, en la misma fórmula se elegirán Vicegobernador y Vicealcalde para todos los departamentos y los municipios del país. Los Vicegobernadores y Vicealcaldes reemplazarán en las faltas temporales y absolutas a los Gobernadores y Alcaldes, excepto cuando sea por revocatoria del mandato. Las calidades, requisitos, inhabilidades, incompatibilidades, periodo y posesión de los Vicegobernadores y Vicealcaldes, serán los fijados por la Constitución y la ley para los Gobernadores y Alcaldes.