Política

Número de Cámara: 290/13

Por medio de la cual se reforma el artículo 39 y 40 de la Ley 1617 de 2013, se establece la elección popular de alcaldes locales en los distritos especiales. [Elección de alcaldes en distritos especiales]

Laureano Augusto Acuña Díaz
Conservador Colombiano
Estado actual: Retirado por el Autor Junio 13 de 2013

Sinópsis

En cada una de las localidades de los Distritos Especiales debidamente organizados habrá un alcalde local elegido por el voto directo de los ciudadanos de cada localidad, el mismo día de elección de alcaldes, gobernadores, concejales, diputados y ediles y su período será igual al del alcalde mayor.

Abril 17 de 2013
Radicado
Abril 22 de 2013
Publicación
Gaceta 219/13
Junio 13 de 2013
Retirado por el Autor