La presente ley tiene por objeto modificar el artículo 161 de la Constitución Política de Colombia de 1991, en el sentido de contribuir a que el trámite de las conciliaciones de los Proyectos de ley sean más efectivos en el proceso legislativo colombiano, en aras de garantizar los principios de transparencia, información y publicidad que requieren las leyes para ser convenientes para la sociedad.