El proyecto establece que no podrán causarse pensiones superiores a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes, con cargo a recursos del Régimen de Prima Media. El tope máximo de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes no se aplicará para aquellas personas que al 31 de julio de 2010 tuvieren 47 o más años, en el caso de los hombres y 42 o más años en el caso de las mujeres. Para estas personas el tope máximo continuará en veinticinco (25) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes.