Es objeto de este código regular la organización, el funcionamiento del Sistema Penitenciario y Carcelario, la custodia, vigilancia, atención, tratamiento, y la provisión de los mecanismos de resocialización y reintegración social por parte del Estado a las personas privadas de la libertad, ya sea en condición de imputadas, acusadas o sentenciadas, con medida de seguridad, sometidas a mecanismos de vigilancia electrónica o trabajo social no remunerado.