Política

No. Senado: 172/12

Por medio de la cual se adiciona el artículo 365 A a la Ley 599 de 2000, Código Penal Colombiano. [Armas blancas]

Juan Carlos Vélez Uribe
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2013

Sinópsis

El que en sitio público o privado abierto al público, tales como establecimientos educativos, estadios, centros deportivos, salas de cine, discotecas, bares, lugares en donde se expendan bebidas alcohólicas, porte de armas blancas, incurrirá en prisión de uno (1) a dos (2) años, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor. A quien reincida en esta conducta se le duplicará la pena mínima señalada sin perjuicio de que se le aplique adicionalmente el agravante de que trata el parágrafo 3°.

Diciembre 04 de 2012
Radicado
Diciembre 05 de 2012
Publicación
Gaceta 886/12
Mayo 17 de 2013
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 288/13
Junio 20 de 2013
Archivado por Tránsito de Legislatura