La presente ley busca modernizar la estructura y organización del Congreso de la República tanto en sus aspectos administrativos como en la estructura de sus comisiones y cuerpos asesores. Para ello se crea la Gerencia General del Congreso de la República, como un organismo de carácter técnico y especializado, dotado de personería jurídica, con autonomía administrativa, financiera, presupuestal y patrimonio independiente. Esta entidad estará encargada de actuar como organismo administrativo del Congreso de la República, y tendrá a cargo la organización y la gestión de los servicios administrativos de las Cámaras.
El proyecto también establece la creación de tres organismos asesores del Congreso: el Cuerpo de Secretarios del Congreso, la Unidad Técnica de Apoyo Presupuestal, y la Unidad de Análisis Constitucional y Técnica Legislativa.