Política

Número de Cámara: 349/13 No. Senado: 148/12

Por medio de la cual se establece el derecho a tener vacaciones al Presidente de la República de Colombia. [Vacaciones del Presidente]

Efraín José Cepeda Sarabia
Conservador Colombiano
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2014

Sinópsis

El Presidente de la República tendrá derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones, por cada año de servicio. El Presidente podrá tomar las vacaciones en días continuos o discontinuos y en todo caso deberá tomar al menos 7 días al año de los 15 a que tiene derecho, previa notificación al Senado de la República.

Octubre 30 de 2012
Publicación
Gaceta 737/12
Octubre 30 de 2012
Radicado
Marzo 18 de 2013
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 127/13
Abril 03 de 2013
Aprobado Primer Debate
Gaceta 186/13 322/13
Mayo 28 de 2013
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 354/13
Junio 19 de 2013
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 481/13 702/13
Septiembre 04 de 2013
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 680/13
Septiembre 18 de 2013
Aprobado Tercer Debate
Gaceta 838/13
Octubre 08 de 2013
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 818/13
Junio 20 de 2014
Archivado por Tránsito de Legislatura