Créase el Cuerpo de voluntarios de Guardaparques Nacionales, para colombianos y extranjeros residentes en Colombia, dentro la Unidad Administrativa del Sistema de Parques Naturales del Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, quien es la encargada del manejo y administración del Sistema de Parques Nacionales Naturales y de la coordinación del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP), que ejecutará lo dispuesto por la presente ley.