La totalidad de recursos que financian y cofinancian el régimen subsidiado en salud serán girados, desde cada una de sus fuentes, al Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), para su administración y giro directo por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, a las Entidades Promotoras de Salud (EPS), y a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, conforme a la reglamentación que para estos efectos expida el Gobierno Nacional.
El Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), llevará una cuenta individual para cada entidad territorial "distrito, municipio y departamento", en la cual se registrarán todos movimientos de los recursos que financian y cofinancian el régimen subsidiado.
El giro de recursos del régimen subsidiado a las Entidades Promotoras de Salud (EPS), y a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), se efectuará desde estas cuentas, en nombre de las entidades territoriales, las cuales deberán presupuestar y ejecutar dichos recursos, sin situación de fondos.