La emisión de la Estampilla Pro Desarrollo de Casanare se autoriza hasta por la suma de trescientos mil millones de pesos ($300.000.000.000). El monto total recaudado se establece a precios constantes del año 2012. El proyecto autoriza a la Asamblea Departamental de Casanare para que determine las características, tarifas, hechos, actos administrativos y todos los demás asuntos referentes al uso obligatorio de la estampilla en las actividades y operaciones que se deban realizar en el departamento de Casanare y sus respectivos municipios, en desarrollo de lo dispuesto en la presente ley. Las providencias que sobre la materia expida la Asamblea Departamental de Casanare serán de conocimiento del Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.