Se garantiza a los deportistas que hayan ganado o que obtengan una medalla de oro, plata o bronce en los juegos olímpicos una pensión vitalicia, de la siguiente manera:
MADALLA DE ORO: Diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
MEDALLA DE PLATA: Ocho (8) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
MEDALLA DE BRONCE: Seis (6) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Esta pensión vitalicia de estos deportistas no será heredada por familiar alguno en el futuro cuando el deportista por cualquier razón fallezca.