Política

No. Senado: 65/12

Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. [Derecho de petición]

Honorio Galvis Aguilar
Liberal Colombiano
Luis Fernando Velasco Cháves
Liberal Colombiano
Juan Manuel Galán Pachón
Liberal Colombiano
Álvaro Antonio Ashton Giraldo
Liberal Colombiano
Guillermo García Realpe
Liberal Colombiano
Jesús Ignacio García Valencia
Liberal Colombiano
Luis Fernando Duque García
Liberal Colombiano
Eugenio Enrique Prieto Soto
Liberal Colombiano

Otros autores del proyecto

Estado actual: Acumulado Agosto 11 de 2012

Sinópsis

Toda persona tiene derecho de presentar peticiones respetuosas a las autoridades, en los términos señalados en este Código, por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución. Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, sin que sea necesario invocarlo. Mediante él, entre otras actuaciones, se podrá solicitar el reconocimiento de un derecho, que se resuelva una situación jurídica, que se preste un servicio, pedir información, consultar, examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recursos.

Agosto 08 de 2012
Radicado
Agosto 10 de 2012
Publicación
Gaceta 500/12
Agosto 11 de 2012
Acumulado