Política

No. Senado: 59/12

Por la cual se establece el sistema de compensación a los municipios que se vean afectados con el desarrollo de proyectos hídricos productivos, y se dictan otras disposiciones. [Conservación de fuentes hídricas]

Fernando Eustacio Tamayo Tamayo
Conservador Colombiano
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 19 de 2013

Sinópsis

La presente ley tiene por objeto otorgar facultades necesarias para que se permita exigir la implementación de medidas de protección y conservación de sus fuentes hídricas a los municipios que se vean afectados con la explotación comercial de sus aguas naturales y, especialmente la construcción de acueductos e hidroeléctricas. Consagrándose, adicionalmente, el régimen de participación a título de compensación por este servicio, definiendo un plan de adquisición de áreas productoras de recursos hídricos.

Agosto 01 de 2012
Radicado
Agosto 03 de 2012
Publicación
Gaceta 490/12
Junio 19 de 2013
Archivado por Tránsito de Legislatura