El proyecto busca reglamentar el derecho de petición considerando que es un derecho fundamental y es uno de los derechos más ejercidos por la ciudadanía, ya que es gracias a este precepto fundamental que todos los ciudadanos pueden contar con canal de comunicación directa con el Estado. Este proyecto consta de dos (2) títulos y veintiséis (26) artículos, el título I, en su Capítulo Único, desarrolla los principios generales del derecho de petición, el Capítulo I, del Título II, se refiere a las reglas generales del derecho de petición ante autoridades; el Capítulo II desarrolla lo referente a las normas que le son aplicables únicamente al derecho de petición ante autoridades; el Capítulo III se encarga de desarrollar lo referente al derecho de petición ante organizaciones e instituciones privadas.