La pena será de prisión de cuatro (4) a ocho (8) años cuando el hurto se cometiere sobre medio motorizado, o sus partes importantes, o sobre mercancía o combustible que se lleve en ellos. Si la conducta se realiza sobre sistema de identificación de medio motorizado, la pena será de cuatro (4) a ocho (8) años de prisión y multa de uno (1) a veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Si la conducta se realiza sobre medio motorizado, o sus partes importantes, o sobre mercancía o combustible que se lleve en ellos, la pena será de cuatro (4) a ocho (8) años de prisión y multa de cinco (5) a quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Esta misma pena será la que se tenga en cuenta para los efectos indicados en el artículo siguiente.