La finalidad de la presente ley es crear un mecanismo en materia de costos financieros impartidos por las entidades financieras hacia los usuarios promoviendo así la protección a un sector de la población. A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, todas las entidades financieras deberán desmontar los cobros transaccionales y/o servicios financieros (uso de tarjeta de débito, uso de cajeros automáticos, cuotas de manejo, giros, transferencias, consignaciones nacionales, entre otros) en las cuentas de ahorros para empleados formales cuyos ingresos sean inferiores o iguales a dos salarios mínimos legales vigentes. El usuario al que se le vaya a otorgar este beneficio, deberá demostrar que posee un empleo formal y que su remuneración mensual no excede dos salarios mínimos legales vigentes .