Política

Número de Cámara: 104/02

Por la cual se establece la cuota para la conversión y racionalización del uso de combustibles del transporte público terrestre y se dictan normas sobre su recaudo y administración.

Julio Alberto Manzur Abdala
Conservador Colombiano
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2003

Sinópsis

Crea la cuota de contribución parafiscal para la conversión y racionalización del uso de combustibles del Transporte Público Terrestre la cual se regirá por las condiciones y términos estipulados en la presente ley. La Cuota para la conversión y racionalización del uso de combustibles del Transporte Público Terrestre será un item adicional dentro de la estructura de precios de la gasolina motor y del combustible diesel y se generará por la venta de estos combustibles por parte del Distribuidor mayorista y corresponderá al equivalente al cinco por ciento (5%) del margen señalado por el Gobierno al distribuidor minorista de combustibles líquidos derivados del petróleo por cada galón de gasolina y combustible diesel.

Octubre 16 de 2002
Radicado
Octubre 25 de 2002
Publicación
Gaceta 442/02
Junio 19 de 2003
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 306/03
Junio 20 de 2003
Archivado por Tránsito de Legislatura