El presente Código tiene por objeto regular el derecho constitucional al sufragio, los mecanismos de participación, los procedimientos y recursos para su protección, así como la organización y el funcionamiento de las autoridades públicas en relación con el ejercicio de estos derechos. El proyecto de Ley Estatutaria busca sustituir el actual Código Electoral adoptado mediante el Decreto 2241 de 1986, para poner los procedimientos electorales en concordancia con la Constitución de 1991 y mejorar los mecanismos a través de los cuales el ciudadano ejerce el derecho a elegir y a ser elegido. Para esto, propone lo siguiente: 1. Una mejor organización de los procesos electorales (inscripción de candidatos, régimen de inhabilidades, propaganda electoral, voto electrónico, servicios electorales, participación en política de funcionarios, régimen sancionatorio de los partidos). 2. Rodear a la mesa de votación y a sus correspondientes escrutinios, de mejores elementos de publicidad y seguridad electoral. 3. Simplificar los trámites electorales. 4. Impedir la trashumancia electoral sustituyendo la inscripción de cédulas de ciudadanía como mecanismo voluntario para escoger el sitio de votación, por el registro de la dirección residencial. 5 Regular las causales de reclamación y definir las competencias en cada instancia del proceso.