Política

No. Senado: 135/11

Por medio de la cual se dictan disposiciones para garantizar a la población de Agricultores, Trabajadores Mineros y Pescadores Colombianos el acceso a una pensión de jubilación campesina y se dictan otras disposiciones. [Pensión de jubilación campesina]

Juan de Jesús Córdoba Suárez
Conservador Colombiano
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2013

Sinópsis

La presente ley tiene como objeto establecer una pensión de jubilación para los trabajadores del campo dedicados a la agricultura, los trabajadores de la pequeña minería y los pescadores artesanales en Colombia que alcancen 65 años de edad y que al momento de promulgarse la presente ley además de tener una edad mínima de 55 años no tengan la oportunidad de recibir una pensión sin el apoyo estatal.

Septiembre 21 de 2011
Radicado
Septiembre 21 de 2011
Publicación
Gaceta 702/11
Mayo 22 de 2012
Concepto Institucional
Gaceta 284/12
Junio 20 de 2013
Archivado por Tránsito de Legislatura