Política

Número de Cámara: 253/07

Por la cual se modifica el Régimen de Registro Civil de los hijos extramatrimoniales y se dictan otras disposiciones.

Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2007

Sinópsis

El interés superior del niño impone al Estado el deber de ofrecerle las condiciones propicias para su sostenimiento y para su formación como ser social, lo que sugiere eliminar todos los factores que puedan obstruir el cabal ejercicio de sus derechos. Bajo esa óptica, el derecho a conocer la filiación, reconocido expresamente en la Constitución Política (artículo 44), y la urgencia de lograr ese conocimiento como presupuesto indispensable para el establecimiento de la identidad del individuo y para la reclamación oportuna de muchos otros derechos, hace menester disponer de mecanismos idóneos para determinar con la suficiente inmediatez la maternidad y la paternidad de quien adquiere personalidad jurídica.

Marzo 28 de 2007
Radicado
Marzo 29 de 2007
Publicación
Gaceta 102/07
Junio 20 de 2007
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