La iniciativa busca modificar la Ley 105 en especial el artículo 6° en lo tocante a la vida útil de los vehículos terrestres de servicio público de pasajeros y/o mixtos para que su vida útil no tenga ningún plazo en años y solo dependa de la revisión técnico mecánica reviviendo la repotenciación, habilitación, transformación, etc. Cuyo plazo expiraría el próximo 31 de diciembre del año 2001.