El proyecto busca modificar el artículo 8° de la Ley 278 de 1996 con miras a beneficiar a un gran número de colombianos que subsisten mediante el salario mínimo, para que anualmente el incremento de este nunca pueda ser inferior al incremento del IPC para ingresos bajos ni para el IPC consolidado del año inmediatamente anterior. Generando a la vez, la necesidad que la discusión anual entre empresarios, representantes del Gobierno y trabajadores sea un acuerdo que no solo se sustente en un carácter técnico y netamente económico, sino que tome a consideración el insostenible impacto social y el panorama de desdén que afrontan las familias, y trabajadores de bajos ingresos en el país.