Política

Número de Cámara: 42/11

Por el cual se tiene como base para la liquidación de la pensión por vejez, el salario devengado durante el último año. [Pensión de vejez]

Edgar Espíndola Niño
Opción Ciudadana
Estado actual: Archivado en Debate Noviembre 22 de 2011

Sinópsis

Los trabajadores que hayan cumplido con la edad y el número de semanas cotizadas, ordenadas por la ley, tendrán como base para la liquidación de la pensión por vejez, el salario devengado durante el último año. Los trabajadores que no hayan tenido continuidad en sus cargos laborales, se tomará como base de liquidación el promedio de los tres (3) últimos años laborados. De todas formas, en uno u otro caso, la base de la liquidación de pensión que se adopte deberá aplicarse la indexación a fin de recuperar el poder adquisitivo de la pensión.

Agosto 05 de 2011
Radicado
Agosto 10 de 2011
Publicación
Gaceta 583/11
Octubre 04 de 2011
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 848/11
Noviembre 22 de 2011
Archivado en Debate
Gaceta 1007/11