A través de la adición propuesta al texto de la Constitución se busca garantizar a todos los seres humanos igual protección del derecho a la vida, haciendo explícito que este derecho fundamental, presupuesto de todos los demás, debe ser reconocido y respetado por todos los miembros de la sociedad de forma incondicional, y que debe recibir igual protección por parte del Estado durante todo el ciclo de vida del ser humano, independientemente de la etapa de desarrollo en la que se encuentre.
De esta forma, la regulación jurídica de todos los procesos destinados a la eliminación de vidas humanas (tanto del aborto como de la eutanasia, junto a los demás tipos de homicidio voluntario), se reconcilia con los principios y valores fundamentales consagrados en la Constitución Política sobre los cuales se funda el Estado colombiano, a saber: el respeto de la dignidad humana, la solidaridad de las personas que integran la república, la efectividad de los derechos consagrados en la Constitución Política, la vigencia de un orden justo, la igualdad y la primacía de los derechos inalienables de la persona.
El artículo 11 de la Constitución Política de Colombia quedará, entonces, redactado así: "El derecho a la vida es inviolable y recibirá igual protección desde la fecundación hasta la muerte natural. No habrá pena de muerte".