El objeto del Proyecto de Ley Estatutaria es desarrollar el derecho fundamental de libertad de conciencia, específicamente en los casos en los que, debido al carácter imperativo de una ley, una decisión administrativa o judicial, un contrato o convención, la persona considere fundada y razonadamente que la misma representa una grave contradicción con sus convicciones más profundas, sean éstas de carácter moral, filosófico o religioso, haciéndose por ello inviable la realización de la conducta prescrita. Con este Proyecto de Ley se propone darle un tratamiento a la objeción de conciencia como un derecho fundamental derivado del derecho de libertad de conciencia, según ha sido reconocido por la jurisprudencia de la Corte Constitucional.