Esta iniciativa legislativa muestra una problemática que existe en el territorio nacional, como es la utilización de presuntas asociaciones, clubes, fundaciones, agremiaciones, u otras organizaciones sin ánimo de lucro, como fachada para el ejercicio de actividades encaminadas a promover la prostitución, el consumo de sustancias psicoactivas y la venta de licor o bebidas embriagantes a menores de edad.
Por lo anterior, la presente iniciativa tiene por finalidad facultar a la autoridad policiva, dotándola de normas claras y precisas para que pueda ejecutar un control eficaz sobre las actividades de las entidades sin ánimo de lucro, con el propósito de recaudar pruebas acerca de su utilización con fines distintos a los de su objeto, especialmente cuando tales actividades sean violatorias de la ley, el reglamento, el permiso de funcionamiento, la resolución de reconocimiento de personería jurídica o los propios estatutos de la entidad. Por tal motivo, el proyecto concede a la autoridad de policía, la facultad de penetrar en los domicilios de las entidades sin ánimo de lucro, con el respaldo del mandamiento escrito que los Jefes de Policía, es decir los gobernadores o alcaldes pueden expedir con ocasión del registro y allanamiento del domicilio o de sitios abiertos al público, cuando se den los presupuestos expresados.