Política

Número de Cámara: 09/11

Por medio del cual se establece una compensación a los titulares de predios de miembros de la comunidad raizal del departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. [Compensación a los titulares de predios de la comunidad raizal de San Andrés]

Marco Aníbal Avirama Avirama
Alianza Social Independiente
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2013

Sinópsis

Con cargo al Presupuesto Nacional, la Nación reconocerá anualmente, al departamento archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, las cantidades que equivalgan a lo que dichos entes recauden por concepto de impuesto predial unificado y sobretasas legales correspondientes a los predios de propiedad de los miembros de la comunidad étnica raizal, para lo cual tendrán en cuenta el avalúo que de los predios realice el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, y de acuerdo con la tarifa que establezca la asamblea departamental y el concejo municipal de los entes territoriales.

Julio 20 de 2011
Radicado
Julio 28 de 2011
Publicación
Gaceta 530/11
Junio 04 de 2012
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 331/12
Junio 13 de 2012
Aprobado Primer Debate
Gaceta 731/12
Junio 20 de 2013
Archivado por Tránsito de Legislatura