La presente ley tiene por objeto la reglamentación para la utilización de equipos y elementos de izaje y las condiciones de capacitación y experiencia exigidas a los operadores de esta maquinaria, debido al gran riesgo social que tal oficio implica. Para los efectos de esta ley se entenderán como equipos de izaje, entre otros, los siguientes:
1. Puente grúas, monorrieles, brazos pescantes y grúas de pedestal.
2. Grúas móviles
3. Grúas de brazo articulado
4. Torres grúas
5. Grúas pórtico
6. Tractores con equipo de izaje en el costado
Como Elementos de izaje, entre otros, los siguientes:
1. Grilletes
2. Ganchos
3. Eslingas (cable de acero, cadena y sintéticas)
4. Grapas
5. Anillos de unión
6. Cáncamos
7. Tensores
8. Poleas, entre otros.