La presente ley tiene por objeto declarar como discapacitadas a las personas que padecen de enanismo y establecer lineamientos de política pública nacional, con el fin de promover la inclusión social, el bienestar y desarrollo integral de las personas que lo padecen, garantizar el ejercicio pleno y efectivo de sus Derechos Humanos y crear las bases e instrumentos que les permitan participar de manera equitativa en la vida económica, cultural, laboral, deportiva, política, social y educativa del país. Tales lineamientos tienen que ver con la construcción y adaptación del amueblamiento público urbano para el desplazamiento de las personas de talla baja, la creación del Registro Nacional, la eliminación de la discriminación y el fomento de proyectos productivos y la asociación, al igual que estudios e investigaciones para el tema de talla baja, principalmente.