Política

Número de Cámara: 76/07 No. Senado: 191/07

Por la cual se modifica el artículo 120 de la Ley 1116 de 2006.

Ministro del Interior y de Justicia, Carlos Holguín Sardi Ministro del Interior y de Justicia, Carlos Holguín Sardi
Estado actual: Sancionado como Ley Diciembre 27 de 2007

Sinópsis

A los promotores de acuerdos de reestructuración de las sociedades de capital público y las empresas industriales y comerciales del Estado de los niveles nacional y territorial, les serán aplicables, en materia de exclusión de la lista, cesación de funciones, remoción, recusación e impedimentos, las normas sobre el particular previstas en la presente ley, siendo el competente para adelantar dichos trámites la Superintendencia de Sociedades, la cual decidirá en uso de facultades jurisdiccionales, conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución Política.

Agosto 10 de 2007
Radicado
Agosto 30 de 2007
Publicación
Gaceta 419/07
Agosto 31 de 2007
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 421/07
Septiembre 26 de 2007
Aprobado Primer Debate
Gaceta 499/07
Octubre 02 de 2007
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 515/07
Noviembre 06 de 2007
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 582/07 601/07
Noviembre 26 de 2007
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 597/07
Noviembre 29 de 2007
Aprobado Tercer Debate
Diciembre 05 de 2007
Publicada Ponencia Cuarto Debate
Gaceta 631/07
Diciembre 12 de 2007
Aprobado Cuarto Debate
Diciembre 27 de 2007
Sancionado como Ley
Gaceta 12/08