Política

Número de Cámara: 125/98

Por la cual se modifica el Código Nacional de Tránsito y se dictan otras disposiciones.

Jorge Alberto Gerlein Echeverría
Movimiento Nacional
Estado actual: Acumulado Noviembre 24 de 1998

Sinópsis

El Proyecto busca que el conductor de un vehículo se presuma, mientras no se demuestre lo contrario, el único responsable de las infracciones de tránsito. En cuanto al vehículo con el cuál se cometió la infracción, es responsable solidariamente la compañía aseguradora que expidió la póliza, más no el propietario del automotor. Si el conductor del vehículo causante del hecho no posee seguro obligatorio en favor de terceros, se hará acreedor a sanciones que para el efecto establezca el Código Nacional de Tránsito. Solo es responsable el propietario del vehículo cuando las infracciones sean cometidas por menores de edad o personas que carezcan de licencia de conducción.

Noviembre 17 de 1998
Radicado
Gaceta 287/98
Noviembre 23 de 1998
Publicación
Gaceta 287/98
Noviembre 24 de 1998
Acumulado