Los miembros de las Fuerzas Militares y de Policía que presten sus servicios en zonas de conflicto o en situación crítica de inseguridad, se les podrá reconocer una disminución hasta en un 50% en el tiempo requerido para el ascenso dentro del escalafón, según reglamentación que expida el Gobierno Nacional. El Gobierno Nacional, en la reglamentación que expida, establecerá los conceptos de zona de conflicto, zona de situación crítica de inseguridad, así como también señalará las condiciones, los límites, su continuidad y la vigencia del presente reconocimiento.