Política

Número de Cámara: 129/10

Por la cual se establece la Base Gravable a las Empresas de Servicios Temporales. [Base gravable de las Empresas de Servicios Temporales]

Efraín José Cepeda Sarabia
Conservador Colombiano
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2011

Sinópsis

La base gravable de las Empresas de Servicios Temporales para los efectos de los Impuestos Nacionales y Territoriales serán los ingresos brutos, entendiendo por estos el valor del servicio de colaboración temporal menos los salarios, indemnizaciones y prestaciones sociales de los trabajadores en misión.

Octubre 29 de 2010
Radicado
Noviembre 04 de 2010
Publicación
Gaceta 869/10
Junio 08 de 2011
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 474/11
Junio 20 de 2011
Archivado por Tránsito de Legislatura