Política

No. Senado: 159/04

Por medio de la cual se modifican algunos artículos y se introducen otros a la Ley 300 de 1996, Ley General de Turismo.

Estado actual: Acumulado Noviembre 18 de 2004

Sinópsis

Los recursos del Fondo de Promoción Turística se destinarán exclusivamente a la ejecución de los planes de promoción turística institucional del país y sus regiones, a la investigación de mercados emisores prioritarios, y a fortalecer y mejorar la competitividad del sector, a fin de incrementar el turismo receptivo y el turismo doméstico con base en los programas y planes que apruebe el Comité Directivo del Fondo. Parágrafo. En ningún caso los recursos del Fondo de Promoción Turística se destinarán a la capacitación laboral o gremial de los trabajadores, ejecutivos y directivos de los Prestadores de Servicios Turísticos.

Noviembre 05 de 2004
Radicado
Noviembre 17 de 2004
Publicación
Gaceta 710/04
Noviembre 18 de 2004
Acumulado