Política

Número de Cámara: 228/08 No. Senado: 58/07

Por medio de la cual se modifica el articulo 164 de la Ley 23 de 1982.

Luis Fernando Velasco Cháves
Liberal Colombiano
Armando Alberto Benedetti Villaneda
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Gina Parody D'Echeona
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Guillermo Gaviria Zapata
Liberal Colombiano
Guillermo Abel Rivera Flórez
Liberal Colombiano
Carlos Germán Navas Talero
Polo Democrático Alternativo

Otros autores del proyecto

Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2009

Sinópsis

No se considera ejecución pública para efectos de esta ley, la que se realice con fines estrictamente educativos dentro del recinto e instalaciones de los institutos de educación, siempre que no se cobre suma alguna por el derecho a la entrada, y la que realicen con fines estrictamente personales y para bienestar exclusivo de sus trabajadores, los comerciantes detallistas que tengan el carácter de microempresarios, según los términos del artículo 2°, numeral 3, de la Ley 590 de 2000, que no obtengan ningún beneficio económico por dicha ejecución y donde no haya mesas para el consumo de bebidas alcohólicas.

Agosto 02 de 2007
Radicado
Agosto 03 de 2007
Publicación
Gaceta 367/07
Octubre 18 de 2007
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 530/07
Noviembre 13 de 2007
Aprobado Primer Debate
Gaceta 599/07 15/08
Noviembre 27 de 2007
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 599/07
Diciembre 12 de 2007
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 24/08 60/08
Mayo 21 de 2009
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 348/09
Junio 20 de 2009
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