Política

No. Senado: 133/10

Por medio de la cual se adiciona el artículo 365A a la Ley 599 de 2000 – Código Penal Colombiano. [Armas blancas]

Camilo Armando Sánchez Ortega
Liberal Colombiano
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2011

Sinópsis

Se adiciona el artículo 365A el cual incorpora la tipificación de la siguiente conducta penal: Fabricación, tráfico y porte de armas blancas. El que sin permiso de autoridad competente importe, trafique, fabrique, transporte, almacene, distribuya, venda, suministre, o porte armas blancas u objetos cortopunzantes o contundentes, incurrirá en prisión domiciliaria, según lo previsto en el artículo 38 de la parte general del Código Penal, de uno (1) mes a tres (3) meses. Quien reincida en esta conducta incurrirá en prisión domiciliaria de cuatro (4) meses a seis (6) meses. Quien por tercera vez incurra en esta conducta penal incurrirá en prisión de seis (6) meses a doce (12) meses.

Agosto 30 de 2010
Publicación
Gaceta 575/10
Junio 20 de 2011
Archivado por Tránsito de Legislatura