El Ministerio del Deporte y la Recreación como organismo rector del sector deporte y la recreación será el encargado de formular, coordinar, ejecutar y vigilar la política estatalen la materia, conforme a los planes y programas de desarrollo, según los principios establecidos en la presente ley. Para ello deberá realizar acciones programáticas que velen por la formación integral de las personas, preservando y desarrollando una mejor salud en los ciudadanos, dentro del marco de las políticas públicas de las cuales regulará el fomento, masificación, divulgación, planificación, coordinación, ejecución y asesoramiento de la práctica del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la promoción de la educación extraescolar de la niñez y la juventud.