Política

Número de Cámara: 289/11 No. Senado: 77/10

Por medio de la cual se adiciona el artículo 365A a la Ley 599 de 2000, Código Penal Colombiano. [Porte de armas blancas]

Juan Carlos Vélez Uribe
Partido Social de Unidad Nacional - Partido de la U
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2012

Sinópsis

El que en sitio público o privado abierto al público, tales como establecimientos educativos, estadios, centros deportivos, salas de cine, discotecas, bares, lugares en donde se expendan bebidas alcohólicas, porte de armas blancas, incurrirá en prisión de uno (1) a dos (2) años, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor.
A quien reincida en esta conducta se le duplicará la pena mínima señalada sin perjuicio de que se le aplique adicionalmente el agravante de que trata el parágrafo 3°.

Agosto 05 de 2010
Publicación
Gaceta 495/10
Agosto 30 de 2010
Publicada Ponencia Primer Debate
Gaceta 651/10
Noviembre 16 de 2010
Aprobado Primer Debate
Gaceta 04/11 418/11
Junio 13 de 2011
Publicada Ponencia Segundo Debate
Gaceta 418/11
Junio 15 de 2011
Aprobado Segundo Debate
Gaceta 453/11 487/11
Septiembre 28 de 2011
Publicada Ponencia Tercer Debate
Gaceta 750/11 801/11
Junio 20 de 2012
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