Para ser elegido alcalde en los municipios y distritos de las categoría especial, primera y segunda se requiere acreditar título profesional en cualquier área del conocimiento, cuyo programa haya sido aprobado por el Ministerio de Educación Nacional, o reconocido mediante homologación; o haber cursado un Programa de Tecnología en Administración Municipal o Administración Pública en la Escuela Superior de Administración Pública o en institución reconocida por el Ministerio de Educación. En los municipios de las categorías tercera, cuarta, quinta y sexta para ser elegido alcalde se requiere acreditar título de bachillerato. Se exceptúa de acreditar las calidades académicas previstas en los dos incisos anteriores, a quien haya sido concejal dentro del respectivo municipio, distrito o área metropolitana.