El presente proyecto busca condicionar las prohibiciones para el tránsito de motocicletas con acompañante en el territorio nacional, las cuales se limitarán a los acompañantes o parrilleros menores de 4 años, y cuando el parrillero no esté en condiciones físicas y psíquicas para sostenerse con seguridad en el vehículo en movimiento. El Proyecto también contempla unas excepciones como los acompañantes de los motociclistas miembros de la Fuerza Pública, autoridades de tránsito, personal de seguridad de las Entidades del Estado, personal de los organismos de socorro, escoltas de los funcionarios del orden nacional, departamental y municipal siempre y cuando se encuentren en ejercicio de sus funciones, acompañantes que adelanten curso de capacitación en el manejo de la motocicleta en un centro de enseñanza legalmente autorizado, así como los acompañantes de motocicletas destinadas al reparto domiciliario de productos, servicios de reparación, mensajería u otras actividades de trabajo, mientras se encuentren ejerciendo tal actividad o estén acondicionadas para ello.