Política

Número de Cámara: 27/10

Por el cual se estimula la generacion de empleo en el pais, se apoya a las empresas exportadoras hacia la República de Venezuela y se dictan otras disposiciones. [Generación de empleo]

Estado actual: Acumulado Octubre 12 de 2010

Sinópsis

Las personas jurídicas podrán deducir el treinta por ciento (30%) del impuesto de renta y complementarios, siempre y cuando hayan incrementado en un treinta por ciento (30%) su generación de empleo formal cumpliendo las obligaciones de ley previa certificación de la entidad territorial donde se encuentre domiciliada la empresa.
La utilización de esta deducción no genera utilidad gravada en cabeza de los socios o accionistas.

Julio 26 de 2010
Radicado
Julio 30 de 2010
Publicación
Gaceta 470/10
Octubre 12 de 2010
Acumulado