Política

No. Senado: 210/09

Por medio de la cual se adiciona el artículo 49 de la Ley 617 de 2000.

Camilo Armando Sánchez Ortega
Liberal Colombiano
Estado actual: Archivado por Tránsito de Legislatura Junio 20 de 2010

Sinópsis

Prohibiciones relativas a cónyuges, compañeros permanentes y parientes de los Senadores, Representantes a la Cámara, gobernadores, diputados, alcaldes municipales y distritales; concejales municipales y distritales; y miembros de juntas administradoras locales municipales y distritales. Los cónyuges, compañeros permanentes y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad de Senadores y Representantes a la Cámara no podrán ocupar ningún cargo público del orden nacional ni postularse a candidaturas de cargos públicos de elección popular.

Diciembre 02 de 2009
Publicación
Gaceta 1241/09
Junio 20 de 2010
Archivado por Tránsito de Legislatura